sábado, 12 de abril de 2008

“En Granada se acaba la paciencia”

“En Granada se acaba la paciencia”
Redacción de El País
Artículo tomado del diario el País online/notas/Enero 15 2008


El diario el País es el más importante para nuestra ciudad, siendo el más popular y consultado por la mayor parte de la ciudadanía, incluso a nivel del departamento. Dicho diario cuenta con una página web (http://www.elpais.com.co/) la cual contiene parte la información diaria, a demás de blogs, y artículos vía online, entre otros. Entre las notas online, se encuentra una publicada el 15 de enero del presente titulada “En Granda se acaba la paciencia”, la cual comenta la contra parte de Granada como “zona rosa”.

El barrió Granda, reconocido por la mayoría de habitantes y turistas por sus restaurantes, bares, discotecas, entre otros lugares de entretenimiento allí situados, y pasando muchas veces por alto, su historia, e importancia para el desarrollo de nuestra ciudad.

Granda ha pasado con el tiempo de ser el primer barrio Residencial de Cali, para convertirse en la “Zona Rosa” de esta, omitiendo la incomodidad de las personas que lo habitan como su residencia, pues la inauguración permanente de lugares de esparcimiento en zonas no apropiadas para dicho fin, hace una tortura la convivencia, la situación es crítica, peleas, drogas, hasta disparos están presentes los fines de semana, los sectores más afectados por el ruido son la Calle 16 Norte con Avenida 9 Norte, la Avenida 9 con Calle 15 Norte y la Avenida 10 con Calle 16 Norte, en inmediaciones de la Policlínica. En busca de una solución a esta problemática, los líderes comunales han enviado en varias ocasiones derechos de petición a la Administración municipal pero hasta ahora no se ven resultados, incluso de tutelas ya ganadas.

El barrio Granda ha sido reconocido como patrimonio arquitectónico de la ciudad, sin embargo, la innovación de los diseñadores en los bares y discotecas, está rompiendo la tradición que lo hizo merecer dicho título.
El Congreso de la República decreto en el Artículo 2 de la Ley 232 de 1995:

Es obligatorio para el ejercicio del comercio que los establecimientos abiertos al público reúnan ciertos requisitos, entre ellos los que vale resaltar son:

a) Cumplir con todas las normas referentes al uso del suelo, intensidad auditiva, horario.
Ubicación y destinación expedida por la autoridad competente del respectivo municipio.
Las personas interesadas podrán solicitar la expedición del concepto de las mismas a la entidad de planeación o quien haga sus veces en la jurisdicción municipal o distrital respectiva.

e) Comunicar en las respectivas oficinas de planeación o. quien haga sus veces de la entidad territorial correspondiente, la apertura del establecimiento.
Aún con estas condiciones no la entidad correspondiente al cumplimiento de estas no aparece.

Aunque Granda sea una fuente económica para nuestra ciudad y genere empleo, no debemos permitir que se pierda como patrimonio que és, a demás el cumplimiento de la normatividad es vital; no hay derecho al infracción de estás y a la incomodidad de las personas que habitan este lugar para el fin que se construyo, Residencial.

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